Patrocinios y colaboraciones

AIGÜES DE BARCELONA patrocina diferentes tipos de actividades y participa en diversas iniciativas de interés general. Las acciones de patrocinio y mecenazgo (en adelante, acciones) están vinculadas al ámbito de actividad de AIGÜES DE BARCELONA y promueven sus valores. Además, están comprometidas con el ciclo integral del agua y el medio ambiente, con el desarrollo sostenible y con las personas en situación de vulnerabilidad.
A fin de garantizar la transparencia, el cumplimiento legal y de los procedimientos internos, se sigue en todo momento la Política de patrocinio y mecenazgo de la Compañía, aprobada por el Consejo de Administración de AIGÜES DE BARCELONA el 23 de noviembre de 2022, y regulada y supervisada por su Comité de Patrocinios y Mecenazgos.
 

1.1 ACCIONES DE PATROCINIO Y MECENAZGO

A efectos de la Política de patrocinio y mecenazgo de AIGÜES DE BARCELONA se entiende: 

  • Por patrocinio, el apoyo material, habitualmente financiero, aportado con el objetivo de asociar la imagen, las marcas registradas o los productos/servicios de AIGÜES DE BARCELONA con una organización o evento patrocinado (por ejemplo, asociaciones o eventos de carácter filantrópico, educativo, científico, social, humanitario, deportivo o cultural, o la contribución a la promoción del patrimonio artístico o la protección del medio ambiente).
  • Por mecenazgo, el apoyo material desinteresado a organizaciones u obras de carácter general o de utilidad pública. El apoyo puede ser monetario (mecenazgo financiero), una donación o préstamo de bienes o medios (mecenazgo en especie) o en forma de prestación de recursos humanos de manera gratuita (mecenazgo de habilidades). Se incluyen en esta categoría los convenios de colaboración empresarial, donaciones y convenios de colaboración académica.

1.2 CRITERIOS DE ACTUACIÓN

Los criterios de actuación de la Política de patrocinio y mecenazgo de AIGÜES DE BARCELONA responden a los principios éticos y de responsabilidad corporativa y social que rigen el desarrollo de la actividad de la Compañía. Entre otros: 

  • Las acciones que forman parte del ámbito de esta Política deben ser coherentes con las actividades de AIGÜES DE BARCELONA, y deben efectuarse en provecho de organismos con un objeto, estatuto, reputación y situación financiera que no impliquen riesgo ético o financiero posterior para la Compañía.
  • Se prohíbe cualquier acción de patrocinio o mecenazgo a favor de personas, entidades u organizaciones que ejerzan o promuevan actividades contrarias a las leyes, derechos fundamentales y principios constitucionales y, en todo caso, contrarias a los valores y principios éticos de AIGÜES DE BARCELONA. En ningún caso la contribución realizada por la Compañía podrá efectuarse con el propósito de prometer, ofrecer o asegurar ventajas competitivas para la Compañía.
  • Quedan excluidas las acciones de patrocinio o mecenazgo relativas a deportes a motor, excepto para proyectos específicos con objetivos de desarrollo sostenible y protección del medio ambiente.
  • Las propuestas que incluyan operaciones contaminantes quedan, igualmente, excluidas.
  • Las colaboraciones académicas con universidades y escuelas deben ser coherentes con los principios éticos y de responsabilidad corporativa que rigen el desarrollo de la actividad de la Compañía. Se dará preferencia a las colaboraciones con las universidades y cátedras relacionadas estrechamente con la línea de gestión del agua y el medio ambiente, y las actividades llevadas a cabo por los operadores internacionales en esta materia. Estas colaboraciones tendrán que reforzar los conocimientos y alimentar el debate sobre asuntos estratégicos para la Compañía.
  • Todas las acciones de patrocinio o mecenazgo deben cumplir estrictamente con
    • (i) la legislación aplicable;
    • (ii) los principios establecidos en el Código Ético, Código de Conducta anticorrupción y otros procedimientos aplicables, incluidos los de prevención de conflictos de intereses;
    • (iii) la imagen de la Compañía, sus compromisos y políticas en materia de sostenibilidad, y
    • (iv) las directrices presupuestarias y los principios de control interno.
  • En ningún caso una acción debe constituir una compensación para una negociación o relación comercial con la Compañía o su grupo empresarial.
  • Ninguna acción debe poder ser interpretada como una forma directa o indirecta de financiación electoral o política.

1.3 GESTIÓN DE LAS ACCIONES DE PATROCINIO Y MECENAZGO

En cualquier acción de patrocinio y mecenazgo, con independencia de su importe, serán de aplicación las siguientes disposiciones:

  • Designación de un responsable.
  • Todas las acciones deben cumplir con las Normas de cumplimiento que incluyen la legislación vigente, los principios del Código Ético y políticas complementarias, el respeto a la imagen de la Compañía y en materia de sostenibilidad y las directrices presupuestarias y de control interno,
  • La autorización de la acción se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en la Política específica con la participación del responsable de la acción y del Comité de Patrocinios y Mecenazgos.
  • La formalización de la acción debe realizarse siguiendo las pautas establecidas en los procedimientos establecidos en la Compañía.
  • La acción debe ser estrictamente controlada por el responsable.

1.4 COMITÉ DE PATROCINIOS Y MECENAZGOS

Este Comité está compuesto por un mínimo de 3 personas de Dirección de ámbitos funcionales, una de las cuales es el Compliance Officer de AIGÜES DE BARCELONA. El Comité se reúne de forma periódica y, entre otros asuntos, verifica la consistencia y oportunidad de las acciones.


1.5 CÓMO PRESENTAR UNA SOLICITUD

Para presentar peticiones de patrocinio y mecenazgo, se puede realizar conforme al formulario que se encuentra en Solicitud de patrocinio y mecenazgo de Aigües de Barcelona.
Debe tenerse en cuenta que para aceptar las propuestas se consideran, entre otros factores, la Política de patrocinio y mecenazgo y la Política presupuestaria de la Compañía.
Es deseable que las propuestas se presenten con una antelación mínima de tres meses antes de la realización o del inicio de la actividad.
Por lo que respecta a las peticiones de merchandising, durante el mes de septiembre se recogerán las diferentes peticiones para el año siguiente.


1.6 PATROCINIOS Y COLABORACIONES LLEVADAS A CABO

En línea con nuestro Propósito, que nos empuja a hacer, con el impulso del agua, de la metrópolis Barcelona un lugar mejor  para vivir, parte de nuestros patrocinios y colaboraciones se destinan a fomentar el hábito saludable de beber agua del grifo en las carreras y eventos en los que participamos, lo que, además, hace más sostenible el avituallamiento.
También se concretan colaboraciones y patrocinios enfocados a cambiar el futuro, ya sea colaborando en el desarrollo socioeconómico del territorio o promoviendo iniciativas vinculadas al talento emprendedor de los jóvenes, al fomento de las disciplinas STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés), a la mejora de la calidad de vida de las personas en riesgo de exclusión o al empoderamiento y visibilidad de la mujer en los diferentes ámbitos de la sociedad.
La participación, implicación y compromiso en asociaciones, grupos de trabajo y foros de interés común, que sirven de punto de encuentro e intercambio de experiencias, son a la vez vías de colaboración para promover mejores estándares de gestión responsable y para el liderazgo en el fomento del desarrollo sostenible para hacer de las ciudades un lugar mejor para vivir.
Se relacionan a continuación varios de los proyectos en los que AIGÜES DE BARCELONA ha participado últimamente y que ha patrocinado, aparte de los que aparecen en el apartado de Acción Social.
 


1.7 LISTADO DE PATROCINIOS Y COLABORACIONES